Santo Domingo, RD – Muchos ciudadanos dominicanos se hacen la misma pregunta al revisar sus obligaciones fiscales: ¿por qué debo seguir pagando impuestos por una propiedad que ya compré legalmente? Esta inquietud se centra principalmente en el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI), un tributo anual que aplica sobre bienes inmuebles cuyo valor conjunto supera un umbral fijado por la ley.
A ojos de muchos contribuyentes, este impuesto resulta injusto o incluso abusivo, ya que implica continuar pagando al Estado por una propiedad que fue adquirida legítimamente, muchas veces con esfuerzo de toda una vida, pagando además otros costos asociados como traspasos, notaría, y el ITBIS si aplica. Para algunos, se trata de una “doble tributación encubierta”.
¿Qué es el IPI?
El Impuesto al Patrimonio Inmobiliario lo gestiona la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), y afecta a personas físicas cuyos inmuebles —excluyendo viviendas de bajo costo o propiedades rurales sin fines comerciales— superen los RD$9,520,861.00 (valor actualizado periódicamente).
La tasa es del 1% anual sobre el valor excedente, lo cual puede representar decenas de miles de pesos al año para propietarios de clase media que han invertido en bienes raíces como forma de seguridad familiar o retiro.
¿Por qué es polémico?
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Ya se pagó por la propiedad: al momento de la compra, el propietario pagó impuestos de transferencia, gastos notariales y comisiones. Además, la compra de la propiedad fue gravada de múltiples formas. Volver a pagar anualmente por simplemente poseerla genera rechazo.
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Castiga el ahorro: para muchos dominicanos, invertir en una casa es un acto de responsabilidad y previsión. Este impuesto penaliza justamente ese esfuerzo.
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No se traduce en beneficios claros: a diferencia de países donde los impuestos sobre la propiedad financian servicios municipales directos (como escuelas, seguridad o recolección de basura), en República Dominicana el destino del IPI no siempre es visible para los contribuyentes.
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Puede afectar a herederos o jubilados: personas mayores que viven en propiedades que adquirieron hace décadas pueden verse obligadas a venderlas o endeudarse para pagar este tributo.
¿Es realmente una estafa?
Aunque el impuesto está contemplado por ley y responde a criterios técnicos de recaudación, muchos ciudadanos lo perciben como una forma de recaudo injusta. En un contexto donde la carga tributaria parece no distribuirse equitativamente y donde aún persiste la evasión fiscal a gran escala en sectores de mayores ingresos, el IPI representa para muchos un castigo al ciudadano cumplidor.
¿Alternativas o soluciones?
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Revisión de umbrales y ajustes por inflación real.
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Exenciones más amplias para adultos mayores o personas con única vivienda.
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Redireccionar parte del IPI a servicios municipales visibles para el contribuyente.
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Debate público sobre reforma fiscal con enfoque más progresivo.
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