Propietarios podrían enfrentar prisión por desalojos sin orden judicial, según nuevo proyecto de ley



Santo Domingo, República Dominicana.-Los propietarios que deseen desalojar a un inquilino deberán  hacerlo a través de los canales judiciales establecidos, de lo contrario, podrían enfrentar sanciones severas, incluyendo penas de prisión de hasta cinco años. Así lo establece el informe de una comisión especial de la Cámara de Diputados que estudia el proyecto de ley de alquileres de bienes inmuebles y desahucios, propuesto por el presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco.

La iniciativa, cuyo informe fue elaborado por una comisión presidida por el diputado del PRM, Amado Díaz, busca regular de forma más estricta las relaciones entre arrendadores e inquilinos y garantizar el respeto al debido proceso en casos de desahucios.

De acuerdo con el artículo 51 del proyecto, los propietarios, arrendadores o abogados que lleven a cabo un desalojo sin la debida autorización judicial serían sancionados con penas que van desde los tres hasta los cinco años de prisión, además de multas equivalentes a entre 10 y 20 salarios mínimos del sector público.

Por su parte, el artículo 52 establece que cualquier acción temeraria o abuso contra los inquilinos deberá ser ventilada en un juzgado competente. En los casos en que los responsables del abuso sean alguaciles o abogados, corresponderá a la Suprema Corte de Justicia y a la Procuraduría General de la República evaluar posibles sanciones disciplinarias adicionales.


Proceso judicial detallado

El proyecto dedica un capítulo completo al procedimiento judicial para resolver conflictos entre propietarios e inquilinos. Según el texto, cualquier disputa deberá ser conocida por un juzgado de paz del área donde se ubique el inmueble.

En primera instancia, el proceso debe intentar una conciliación entre ambas partes. Si esta no prospera, el juzgado procederá a celebrar audiencias formales y emitir una sentencia. El artículo 36 establece que el juez deberá dictar una decisión definitiva en un plazo no mayor a 30 días. Si este plazo no se cumple, la parte afectada podrá denunciar al magistrado ante el Consejo del Poder Judicial por denegación de justicia.


Normas claras para desalojos

En caso de que se dicte un desalojo, el artículo 47 del proyecto indica que solo un alguacil está autorizado para ejecutar la expulsión del inquilino. Además, si la persona desalojada no tiene dónde guardar sus pertenencias, el alguacil deberá transportarlas a un almacén habilitado para esos fines.


Próximos pasos legislativos

El proyecto de ley será sometido a dos lecturas en la Cámara de Diputados antes de pasar al Senado, donde también deberá cumplir con el mismo proceso. Si logra superar ambas cámaras sin modificaciones sustanciales, será remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o eventual veto.

Esta pieza legislativa es considerada prioritaria para el actual cuatrienio, con el objetivo de equilibrar los derechos y deberes de inquilinos y propietarios, y establecer procedimientos claros y justos en materia de alquileres y desahucios.

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