Corte de Apelación anula condena contra Elizabeth Silverio y ordena nuevo juicio


Santo Domingo, República Dominicana.La Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anuló este viernes la condena de siete años de prisión que había sido impuesta a Elizabeth Silverio, acusada de ejercer la neurociencia sin contar con títulos académicos válidos. La decisión judicial responde a lo que los magistrados calificaron como una serie de vicios procesales graves en la sentencia original, dictada por el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional el 21 de octubre de 2024.

En su resolución, el tribunal de alzada precisó que la condena anulada contenía errores en la aplicación de normas jurídicas, una valoración incorrecta de las pruebas y, especialmente, una falta de motivación suficiente en sus fundamentos. Estos elementos, según los jueces, socavan las garantías procesales mínimas que deben acompañar cualquier condena penal y hacen inviable su mantenimiento en el marco del debido proceso.

La Corte de Apelación ordenó que el caso sea reenviado a otro tribunal del mismo nivel, distinto al que emitió la sentencia anterior, con el fin de que se celebre un nuevo juicio en el que se aprecien de manera correcta las pruebas aportadas por el Ministerio Público y la defensa de la imputada. La decisión implica que, de momento, Elizabeth Silverio no enfrenta una sentencia firme y que el proceso penal en su contra vuelve al punto de partida, aunque con una hoja de ruta jurídica que obliga a una evaluación más rigurosa y fundamentada.

Este caso ha generado un amplio debate en la opinión pública desde que fue dado a conocer en 2023, cuando una investigación periodística reveló que Silverio se presentaba como “neurocientífica” y ofrecía terapias a niños con trastornos del espectro autista sin contar con certificaciones académicas reconocidas. A raíz de esa denuncia, el Ministerio Público formuló cargos por usurpación de funciones y falsedad documental, entre otros, argumentando que la acusada ejercía ilegalmente una profesión regulada.

En octubre de 2024, el tribunal de primera instancia la declaró culpable y le impuso una pena de siete años de prisión, así como el pago de una indemnización de dos millones de pesos dominicanos a cada una de las nueve víctimas que figuraban en el expediente. Además, se ordenó la destrucción de los documentos utilizados por Silverio como aval profesional y la clausura del centro donde ofrecía sus servicios.

Sin embargo, la defensa de Silverio apeló la decisión, alegando que el tribunal no valoró adecuadamente las pruebas presentadas, que hubo irregularidades en la admisión de documentos por parte del Ministerio Público y que se violentaron garantías fundamentales del proceso. La Corte de Apelación acogió parcialmente estos argumentos y, sin pronunciarse sobre la inocencia o culpabilidad de la imputada, anuló la sentencia condenatoria y ordenó la celebración de un nuevo juicio.

La lectura del fallo se realizó en audiencia pública, aunque Elizabeth Silverio no estuvo presente. A partir de ahora, será responsabilidad del presidente de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional reasignar el caso a otro tribunal colegiado, para que se realice el nuevo proceso bajo las garantías establecidas por la ley.

Desde el punto de vista jurídico, esta decisión representa un ejercicio del control correctivo que le corresponde a las cortes de apelación. La anulación de una sentencia no equivale a una absolución, pero sí obliga a un replanteamiento del proceso en su totalidad. El nuevo juicio deberá desarrollarse respetando el principio de contradicción, con un análisis objetivo de las pruebas, una adecuada interpretación de las normas aplicables y una motivación clara y detallada por parte de los jueces que lo conduzcan.

Este caso pone de relieve la importancia de garantizar que los procesos penales se conduzcan con rigor técnico, respeto por los derechos fundamentales y apego a las formas legales, especialmente cuando se trata de imputaciones que involucran el ejercicio de profesiones que impactan la salud y el bienestar de la ciudadanía. También genera un precedente relevante en el abordaje judicial de los delitos relacionados con el ejercicio irregular de la medicina y profesiones afines, así como sobre la verificación del respaldo académico de quienes brindan servicios en áreas sensibles.

Mientras se organiza el nuevo juicio, el proceso penal contra Elizabeth Silverio continúa abierto, y será el nuevo tribunal designado quien deberá decidir, con base en las pruebas debidamente evaluadas, si corresponde o no una nueva condena. Las víctimas, por su parte, podrán mantener sus querellas y reclamaciones civiles dentro del proceso, siempre y cuando no hayan sido satisfechas ni extinguida la acción por otros medios legales.

La resolución de la Corte de Apelación se convierte así en un recordatorio del valor sustancial del debido proceso y de la obligación de los tribunales inferiores de fundamentar con claridad, legalidad y coherencia cualquier decisión que afecte derechos fundamentales. En los próximos meses, se espera que este caso continúe generando repercusión tanto en los ámbitos jurídicos como sociales del país.

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